La actividad físico-deportiva y valores de la misma en la época contemporánea

La actividad físico-deportiva y valores 

de la misma en la época contemporánea 




 Si nos remontamos no muy atrás en el tiempo al año en el que se estableció la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre de 1990, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), ley que ya no está vigente pero que supuso la llamada “reforma educativa”, se puede ver como esta reforma iba a tener muy en cuenta el educar a los alumnos de manera integral, donde la educación en valores tendría un papel capital. Se hizo un amplio esfuerzo de sensibilización en programas, grupos de trabajo, proyectos de formación, dando lugar a una toma de conciencia generalizada sobre la relevancia educativa de los valores. “El objetivo primero y fundamental de la educación es el de proporcionar a los niños y niñas, a los jóvenes de uno y otro sexo, una formación plena que les permita conformar su propia identidad, así como construir una concepción de la realidad que integre, a la vez, el conocimiento y la valoración ética y moral de la misma. Tal formación plena ha de ir dirigida al desarrollo de su capacidad para ejercer, de manera crítica y en una sociedad axiológicamente plural, la libertad, la tolerancia y la solidaridad” (Preámbulo de la LOGSE).

    En la actualidad de la educación española nos encontramos en un periodo de transición en el que una ley de educación está acabando y otra está empezando a funcionar. La Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) va a ser reemplazada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE). “Las modificaciones introducidas en la estructura, requisitos, condiciones y evaluaciones de Educación Primaria se implantarán, para los cursos primero, tercero y quinto en el curso escolar que comience al año siguiente al de entrada en vigor de esta ley orgánica, y para los cursos segundo, cuarto y sexto en el curso escolar siguiente” (Disposición transitoria primera. Calendario de implantación. LOMCE). Por lo tanto, en septiembre de 2014 entra en vigor la nueva ley para ciertos cursos.

    En la nueva Ley, lo que se ha hecho ha sido modificar determinados artículos de la LOE, sesenta y cinco en total, en un artículo único que incluye modificaciones, que se formulan como artículos Bis o nuevas disposiciones. Junto al artículo único aparecen dos disposiciones adicionales, dos transitorias y tres finales que son específicas del nuevo texto.

    Puesto que actualmente aún no se han introducido las modificaciones en los centros escolares, nos vamos a centrar en la forma en que es desarrollada la educación en valores para los alumnos en la LOE, añadiendo algún aspecto que afecte al tratamiento de la educación en valores en la nueva ley. Podemos afirmar que examinando ambas leyes educativas, llegamos a la conclusión de que la educación de los alumnos, supondrá una formación plena que les permita construir su propia identidad y a la vez conocer y valorar la ética y moral de la misma.

    En el preámbulo de la LOE, existen tres principios fundamentales, y ya se advierte que la educación en valores para los alumnos es uno de los pilares fundamentales del Sistema Educativo español y de esta ley, pues el primer principio dice que “se debe proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos (…). Se trata de conseguir que todos los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posible de todas sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y emocionales para lo que necesitan recibir una educación adaptada a sus necesidades. Al mismo tiempo, se les debe garantizar una igualdad efectiva de oportunidades, prestando apoyos necesarios tanto al alumnado que lo requiera como a los centros en los que estén escolarizados”.

    De nuevo, en el preámbulo de la misma ley, entre los fines de la educación “resaltan el pleno desarrollo de la personalidad, así como de las capacidades afectivas del alumnado, la formación y el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, el reconocimiento de la diversidad afectivo-sexual, así como la valoración crítica de las desigualdades que permita superar los comportamientos sexistas (…). Asimismo, se propone el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, dentro de los principios democráticos de la convivencia y prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos (…). La relación completa de principios y fines permitirá asentar sobre las bases firmes el conjunto de la actividad educativa”.

    Como se puede comprobar en el preámbulo de la LOE, ya observamos que dicha ley de acuerdo con el Sistema Educativo español, pretende formar a los alumnos desde un punto de vista integral, desarrollando tanto capacidades cognitivas, así como afectivas, sociales y morales. La finalidad de esta ley consistirá entonces en intentar ofrecer a todos los estudiantes un espacio de reflexión, análisis y estudio acerca de las características de los principios y derechos establecidos en la Constitución Española, así como de los valores comunes que harán que toda la ciudadanía pueda convivir democráticamente en un contexto global.



 Educación escolar y valores

    En el presente apartado lo que pretendemos es poner de manifiesto como se encuentran los valores en la escuela y más concretamente en el área de educación física. No hay duda de que los valores están presentes en la institución escolar, por ello los maestros en general y los de educación física en concreto deberán promoverlos adecuadamente con un trabajo consciente e intencionado y desde el área de educación física se deben poner en marcha prácticas motrices para que fomenten en los niños y niñas la educación en valores. También vamos a observar en este apartado, qué valores, actitudes y hábitos positivos concretos podemos hacer que desarrollen los alumnos a través de las sesiones de educación física



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